Nación avaló una garantía para un crédito vial de hasta US$280 millones

0

El Gobierno aprobó los modelos de garantía y contragarantía para respaldar un préstamo del BID destinado a mejorar caminos provinciales en Entre Ríos. La Provincia deberá responder por los pagos y entregar información periódica sobre la ejecución del programa y su situación fiscal.

Beautiful aerial view of a winding road cutting through lush green farming fields under clear sky.

## 🇦🇷 Política Nacional El Gobierno nacional aprobó los modelos de garantía y contragarantía que respaldarán un financiamiento de hasta 280 millones de dólares del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para un programa de infraestructura vial en Entre Ríos. La iniciativa busca mejorar los caminos provinciales y contribuir al desarrollo de las cadenas productivas agropecuarias. La operación quedó formalizada mediante el Decreto 1104/2026, publicado en el Boletín Oficial.

La norma aprobó los modelos contractuales vinculados al préstamo BID N° 6142/OC-AR, correspondiente al Programa de Infraestructura Vial Sostenible para el Desarrollo Productivo de Entre Ríos (PIVS-ER). El programa contempla mejorar de manera sostenible la accesibilidad y las condiciones de circulación en la red vial provincial. Para ello prevé tareas de ingeniería, ejecución de obras, inspección y compensaciones socioambientales.

También apunta a fortalecer las capacidades institucionales de la Provincia para gestionar su infraestructura vial. ### Alcance de la garantía nacional El préstamo será otorgado a Entre Ríos con recursos del capital ordinario del BID y tendrá como condición que la República Argentina garantice las obligaciones financieras asumidas por la jurisdicción. Según el Anexo I, Nación actuará como fiador solidario para compromisos como el pago del capital, los intereses y otras cargas financieras asociadas al crédito. La garantía no supone que el Estado nacional deba aportar recursos adicionales para ejecutar las obras.

Permanecerá vigente hasta que se hayan cumplido íntegramente las obligaciones de pago correspondientes al préstamo. Antes de avanzar con la operación, la Oficina Nacional de Crédito Público informó que no tenía objeciones al financiamiento. Consideró que, sobre la base de la información disponible y de los supuestos utilizados, su costo financiero sería inferior al que la República podría obtener en el mercado.

El Banco Central, por su parte, evaluó que el tamaño de la operación tendría un impacto macroeconómico limitado sobre los flujos de la balanza de pagos. ### Contragarantía y obligaciones de la Provincia El decreto también aprobó un modelo de contragarantía entre la Nación y Entre Ríos. A través de ese instrumento, la Provincia se compromete a afrontar los pagos derivados del financiamiento dentro de los plazos establecidos. El documento ratifica que el préstamo, por hasta 280 millones de dólares, se destinará íntegramente al programa vial, cuyo objetivo general es contribuir al desarrollo de las cadenas agropecuarias.

Si la Provincia incumple sus obligaciones de pago, autorizará de manera irrevocable a la Nación a instruir al Banco Nación para que retenga fondos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos, o del régimen que eventualmente la sustituya. Las retenciones podrán cubrir los montos necesarios para atender los compromisos. Si esos recursos no alcanzaran y el Gobierno nacional tuviera que desembolsar fondos para completar el pago al BID, Nación podrá recuperar posteriormente las sumas mediante la coparticipación provincial.

A esos montos se les aplicará el interés previsto en el contrato de préstamo. Entre Ríos también deberá informar sobre la ejecución física y financiera del programa, además de comunicar su situación fiscal y de endeudamiento. El registro contable y financiero se efectuará mediante el Sistema de Gestión de Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos (UEPEX), o el sistema que lo reemplace.

Cualquier modificación o ampliación de las disposiciones del contrato de préstamo requerirá la conformidad del garante. La Provincia deberá informar, además, sobre el cumplimiento de las condiciones previas al primer desembolso, las eventuales prórrogas y los cambios en las fechas de pago. Por último, el decreto facultó al ministro de Economía, a los funcionarios que designe y al secretario de Finanzas para suscribir los contratos.

También autorizó modificaciones posteriores, siempre que no alteren sustancialmente el objeto de la garantía, el destino de los fondos, el monto del financiamiento ni el procedimiento arbitral establecido.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Copyright © All rights reserved. FRANCO CONTI | CoverNews by AF themes.